En primer lugar, tal como ha señalado la OIT, el estatuto actual tiene una excesiva
precarización hacia una categoría de trabajadores –jóvenes estudiantes- en relación con
otras. Este efecto se aprecia principalmente en jóvenes que hoy estudian y trabajan en
regímenes formales de contratación, así como a los potenciales entrantes. Por ejemplo, no
queda claro que pasará con los derechos a pre y post natal, las licencias por incapacidad,
el derecho a sindicalización y la indemnización por finalización de contrato (la cual, con el
nuevo estatuto, se elimina si el joven cumple 29 años o deja de estudiar). Es
consecuencia, además, si asumimos que este estatuto no generará nuevos puestos de
trabajo, entonces existirá sustitución, donde trabajadores bajo el nuevo estatuto –más
precario- remplazaran a otros fuera de él, perdiéndose en el traspaso derechos laborales.